La Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las mujeres (ONU Mujeres), basándose en la visión de igualdad consagrada en la Carta de las Naciones Unidas, trabaja para eliminar la discriminación en contra de las mujeres y las niñas; por el empoderamiento de las mujeres, y para lograr la igualdad entre mujeres y hombres como socios y beneficiarios del desarrollo, por los derechos humanos, en las acciones humanitarias, en la paz y seguridad. Al colocar los derechos de las mujeres como el eje central de su labor, ONU Mujeres lidera y coordina los esfuerzos del Sistema de las Naciones Unidas para asegurar que los compromisos de igualdad y transversalidad de género se traduzcan en acciones en todo el mundo. Al mismo tiempo, ejerce un liderazgo sustantivo y coherente para apoyar las prioridades y los esfuerzos de los Estados Miembro, construyendo una asociación eficaz con el gobierno, la sociedad civil, así como con otros actores relevantes.
ONU Mujeres aborda integralmente las causas profundas de la desigualdad desde una perspectiva de transformación de los sistemas de reproducción de las desigualdades de género y discriminaciones y con un enfoque de construcción de paz en torno a:
La Nota Estratégica 2023 - 2027 de la Oficina País busca contribuir al empoderamiento, el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres y a la disminución de las brechas de género, con énfasis en aquellas que viven mayor desigualdad en Bolivia, acorde con las agendas del “Vivir Bien” y Despatriarcalización. Este documento prioriza tres áreas estratégicas: Gobernanza y Participación Política; Empoderamiento Económico y Erradicación de la Violencia, que se alinean a las prioridades del Estado Plurinacional y sus prioridades con relación a la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres.
De igual manera, ONU Mujeres Bolivia acompaña al Estado boliviano en sus esfuerzos por cumplir con los compromisos asumidos con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW); la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing; la Resolución N°1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre las mujeres, la paz y la seguridad y las subsiguientes resoluciones derivadas; el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo; y otros
procesos intergubernamentales pertinentes, como resoluciones de la Asamblea General y conclusiones convenidas de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer.
De esta forma, ONU Mujeres a través de la implementación de su Nota estratégica 2023 – 2027 contribuye al avance del Marco de Complementariedad de Naciones Unidas para el Vivir Bien en Bolivia 2023 – 2027 priorizando el alcance del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) 5 de igualdad de género y trabajando por su integración con la Agenda de Desarrollo Sostenible en su totalidad.
2. Antecedentes
En la línea con la Nota Estratégica de ONU Mujeres en Bolivia 2023 - 2027 (alineada con el Plan Estratégico Regional 2022 – 2025, con el PDES y con el Marco de Complementariedad entre el Estado Plurinacional y el Sistema de Naciones Unidas en Bolivia), el área de erradicación de la violencia contra las mujeres, busca: i) Fortalecer las capacidades de las instituciones estatales y la sociedad civil para aplicar y exigir la legislación que combate la violencia contra las mujeres y otras formas de discriminación; ii) Fortalecer las mujeres y niñas sobrevivientes de la violencia para que puedan acceder a servicios esenciales de calidad y recuperarse de la violencia; y iii) Promover normas sociales, actitudes y comportamientos favorables para prevenir la violencia contra las mujeres y las niñas en las comunidades.
La violencia contra las mujeres es una de las principales problemáticas que enfrenta Bolivia, y se refleja en las altas tasas de feminicidios que registra el país. En 2013, la Organización Panamericana de la Salud señaló que Bolivia estaba en el primer lugar de violencia física de 13 países del continente y, en segundo lugar, en violencia sexual, y sólo el 17% de mujeres en situación de violencia denunciaban el hecho. Ante esta situación, en marzo de ese mismo año, se promulgó la Ley Nº 348, conocida formalmente como \"Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia”. La elaboración de esta norma implicó un proceso participativo que incluyó consultas con diversas organizaciones de la sociedad civil, expertos en derechos humanos, y representantes gubernamentales
La Ley declara la erradicación de la violencia contra las mujeres como prioridad nacional, para lo cual, establece un conjunto de medidas en el ámbito educativo, laboral, comunicacional, de la salud y judicial que buscan una respuesta estatal integral a la gravedad del problema que representa la violencia hacia las mujeres a partir de la prevención, atención, protección, investigación, sanción y reparación de daño vivido por las mujeres. Además, pone en evidencia la naturalización y tolerancia social hacia la violencia contra las mujeres, presente incluso en el sistema judicial, lo que se manifiesta en la revictimización y el alto grado de impunidad que existe en estos casos, frente a lo cual, la Ley Nº 348 dispone la creación de instancias especializadas en la policía, fiscalía y órgano judicial; la ampliación de funciones de los servicios de atención ( Servicio legal integral municipal, Defensorías de la Niñez y Adolescencia etc.); la modificación del procedimiento penal y de los delitos de violencia más graves y frecuentes contra las mujeres; la penalización de conductas que no eran sancionadas; entre otras medidas que buscan garantizar el acceso a la justicia a las mujeres en situación de violencia.
Por otra parte, en abril de 2024, la Senadora Patricia Arce propuso modificar el artículo 94 de la norma. El mencionado proyecto de ley ha iniciado un debate público sobre la necesidad de modificar la Ley Nº 348, en el marco del cual algunos detractores plantean incluso su abrogación, con base en datos no corroborables y argumentos que refuerzan las normas sociales discriminatorias hacia las mujeres. En ese contexto, más de 100 organizaciones promotoras de los derechos humanos, derechos de las mujeres y activistas varones, se pronunciaron rechazando las modificaciones a la Ley Nº 348 promovidas por la mencionada senadora, y solicitando a la Defensoría del Pueblo la realización de una investigación defensorial sobre la implementación de la misma.
Por ello, en el marco del Memorándum de Entendimiento suscrito entre ONU Mujeres y la Defensoría del Pueblo (2023-2025), se identifica la necesidad de contratar una consultoría para la realización de un análisis de casos sobre la aplicación del debido proceso y otros, en el marco de la Investigación Defensorial sobre la Ley Nº 348.
3. Objetivo de la consultoría
El objetivo de esta contratación es analizar procesos penales iniciados por delitos relacionados con la aplicación de la Ley N°348 a nivel nacional, en los que hombres imputados alegan vulneraciones a su derecho al debido proceso y otros relacionados.
Los objetivos específicos son:
4. Alcance
Se espera que el/la titular de la contratación lleve a cabo las responsabilidades y actividades necesarias para la entrega de los productos con la finalidad del logro del el/los objetivo/s de la consultoría.
Detalle
Cantidad Informe final de la revisión y análisis de los casos de hombres presuntas víctimas de la Ley N.° 348 45 días
5. Productos Actividad Producto Plazo de entrega Elaboración de un plan de trabajo y metodología
Producto N°1: Documento de plan de trabajo, metodología que será utilizada para el desarrollo de la consultoría y cronograma.
Hasta 7 días calendario, después de la firma del contrato.Revisión documental de casos judiciales.
Realización de entrevistas virtuales y/o presencial, hombres imputados y/o sus familiares, operadores de justicia u otros. (El número de entrevistas será definido con ONU Mujeres y la Defensoría del Pueblo)
Recolección, sistematización y análisis de la información.
Producto N° 2: Documento borrador, con los principales hallazgos de los casos analizados.
Debe seguir la siguiente estructura como mínimo:
Resumen ejecutivo
Introducción
Metodología
Análisis de casos
Hallazgos
Conclusiones
Recomendaciones
Anexos
Hasta 30 días calendario, después de la firma del contrato.Incorporación de los ajustes y recomendaciones realizadas por ONU Mujeres y la Defensoría del Pueblo.
Redacción y entrega del informe final, conforme a los lineamientos establecidos.
Producto N°3: Informe final de la revisión y análisis de los casos de hombres presuntas víctimas de la Ley N.° 348.
Este producto consiste en un documento que contenga el informe final con los resultados de la revisión y análisis de los casos de hombres que se hayan identificado como presuntas víctimas bajo la aplicación de la Ley N.º 348.
El informe deberá presentarse en formato Word, y deberá acompañarse de una presentación ejecutiva en formato PowerPoint (PPT) que resuma los hallazgos más relevantes del análisis.
Hasta 45 días calendario, después de la firma del contrato.6. Forma de pago
El pago por los servicios se realizará luego de la entrega de cada producto establecido en la tabla siguiente, sujeto a conformidad y aprobación por parte de ONU Mujeres de acuerdo con el cronograma a continuación. Al tramitar el último pago, este debe ir acompañado de la evaluación de rendimiento de el/la consultor/a junto con el certificado de pago (COP por sus siglas en inglés) para procesar el pago final.
Pago
Producto
Condición de pago
1
Productos 1, 2 y 3
100 % del total del contrato
El contrato determina la inclusión de todos los costos (Impuestos de ley, beneficios sociales, seguros, etc.); la Organización no asumirá costos o beneficios adicionales a los honorarios por servicios.
Asimismo, el consultor/a deberá realizar la entrega de factura de ley correspondiente a cada producto según las condiciones de pago. De ser seleccionado/a para esta vacante, se requerirá presentar prueba de cobertura médica dentro de los dos primeros meses del contrato.
7. Supervisión y evaluación de desempeño
La consultoría será gestionada por ONU Mujeres Bolivia. La supervisión de esta consultoría será realizada por el área de Erradicación de la violencia de género de ONU Mujeres Bolivia en coordinación con la Fiscalía Superior en Vida y Personas.
La/El Consultor/a no es funcionario/a de Naciones Unidas y realizará las actividades relativas a su consultoría en formato presencial en la ciudad de La Paz, Bolivia.
Es responsabilidad del/la consultor/a obtener información primaria y secundaria de otras fuentes, si fuera el caso necesario.
8. Indicadores de rendimiento
9. Derechos Intelectuales, Patentes y Otros Derechos de Propiedad
A) La propiedad de los equipos y suministros que ONU Mujeres proporcione al/a la Consultor/a para el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del Contrato corresponderá a ONU Mujeres. Dichos equipos se devolverán a ONU Mujeres a la finalización del Contrato o cuando el/la Consultor/a ya no los necesite. Dicho equipo, cuando se devuelva a ONU Mujeres, estará en las mismas condiciones en que se entregó al/a la Consultor/a, sujeto al desgaste normal. Este/a será responsable de compensar a ONU Mujeres por cualquier daño o degradación del equipo que vaya más allá del desgaste normal.
B) ONU Mujeres tendrá acceso a todos los derechos de propiedad intelectual y otros derechos de propiedad, incluidos, entre otros, patentes, derechos de autor y marcas registradas, en relación con los productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos o documentos y otros materiales que el/la Consultor/a haya desarrollado para ONU Mujeres en virtud del Contrato y que guarden una relación directa con la ejecución del Contrato o que se produzcan, preparen o recopilen como consecuencia de la ejecución del Contrato o en el transcurso de esta. El/la Consultor/a reconoce y acepta que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos realizados por encargo para ONU Mujeres. No obstante, en la medida en que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual u otros derechos de propiedad del/de la Consultor/a: (a) que sean anteriores al cumplimiento por parte del/de la Consultor/a de sus obligaciones en virtud del Contrato, o (b) que el/la Consultor/a pueda desarrollar o adquirir, o pueda haber desarrollado o adquirido, independientemente del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato, ONU Mujeres no reclama ni reclamará ningún interés de propiedad sobre ellos, y el/la Consultor/a concede a ONU Mujeres una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente a los efectos del Contrato y de conformidad con los requisitos de este. A petición de ONU Mujeres, el/la Consultor/a tomará todas las medidas necesarias, firmará todos los documentos necesarios y, en general, ayudará a garantizar dichos derechos de propiedad y a transferirlos o concederlos bajo licencia a ONU Mujeres, de conformidad con los requisitos de la legislación aplicable y del Contrato. Con sujeción a las disposiciones precedentes, todos los mapas, dibujos, fotografías, mosaicos, planos, informes, estimaciones, recomendaciones, documentos y todos los demás datos compilados por la consultoría o recibidos por ella en virtud del Contrato serán propiedad de ONU Mujeres, se pondrán a disposición de ONU Mujeres para su uso o inspección en momentos y lugares razonables, se considerarán confidenciales y se entregarán únicamente a los/as funcionarios/as autorizados/as de ONU Mujeres a la terminación de los trabajos en virtud del Contrato.
10. Competencias
Valores fundamentales:
Competencias principales:
Competencias funcionales:
Procedimiento de selección y requisitos para aplicación:
El proceso de selección se realizará a través de un desk review, en el que se realiza primero una verificación formal de que las postulaciones cumplan con las pruebas documentales para ser examinadas y los requisitos mínimos establecidos para la consultoría. Luego, se realiza la evaluación técnica de las candidaturas recibidas, que serán calificadas en base a requisitos siguientes:
Requisitos
11. Documentos para presentar para la postulación
NOTAS IMPORTANTES.
Functional Competencies:
Will be added separately for each position
Statements :
In July 2010, the United Nations General Assembly created UN Women, the United Nations Entity for Gender Equality and the Empowerment of Women. The creation of UN Women came about as part of the UN reform agenda, bringing together resources and mandates for greater impact. It merges and builds on the important work of four previously distinct parts of the UN system (DAW, OSAGI, INSTRAW and UNIFEM), which focused exclusively on gender equality and women's empowerment.
Diversity and inclusion:
At UN Women, we are committed to creating a diverse and inclusive environment of mutual respect. UN Women recruits, employs, trains, compensates, and promotes regardless of race, religion, color, sex, gender identity, sexual orientation, age, ability, national origin, or any other basis covered by appropriate law. All employment is decided on the basis of qualifications, competence, integrity and organizational need.
If you need any reasonable accommodation to support your participation in the recruitment and selection process, please include this information in your application.
UN Women has a zero-tolerance policy on conduct that is incompatible with the aims and objectives of the United Nations and UN Women, including sexual exploitation and abuse, sexual harassment, abuse of authority and discrimination. All selected candidates will be expected to adhere to UN Women’s policies and procedures and the standards of conduct expected of UN Women personnel and will therefore undergo rigorous reference and background checks. (Background checks will include the verification of academic credential(s) and employment history. Selected candidates may be required to provide additional information to conduct a background check.)
Note: Applicants must ensure that all sections of the application form, including the sections on education and employment history, are completed. If all sections are not completed the application may be disqualified from the recruitment and selection process.